El proyecto de reformas penales remitido por el Ministerio de Justicia a la Asamblea contiene cambios a 51 artículos de los códigos Penal, de Procedimiento Penal, Orgánico de la Función Judicial, de la Niñez y Adolescencia, Ejecución de Penas y Ley Orgánica de Aduanas, además de nueve disposiciones transitorias.
El documento no acoge la propuesta del fiscal general Washington Pesántez, quien buscaba la tipificación del sicariato, la imputabilidad de los menores de 18 años y reformas a las rebajas de penas de hasta el 20%.
La iniciativa del Ejecutivo propone la acumulación de penas en delitos sancionados con prisión y reclusión con un máximo de 15 y 35 años respectivamente. Para quienes impidan el libre tránsito de vehículos, personas o mercaderías por las vías públicas del país, la pena será de entre tres y cinco años de prisión más la multa de 10 a 50 remuneraciones.
El proyecto contempla de tres a seis años de reclusión menor para quienes porten un arma sin el permiso respectivo. Esta misma pena sufrirán los que proporcionen, vendan o faciliten armas a niños o adolescentes.
En el caso de las personas que establezcan casas, mesas o centros de juegos de azar, casinos, salas de juegos y establecimientos relacionados, ahora pagarán un castigo de dos a cuatro años de prisión más la multa de 100 a 500 remuneraciones básicas unificadas.
Una disposición transitoria otorga, en caso de que se apruebe la ley, 12 meses de plazo para dejar de operar. Los hipódromos no están incluidos en la disposición.
Los instigadores de delitos, aunque la infracción no se cometa, podrán afrontar entre uno y tres años de prisión; en el caso de que se instigase a una niña o niño la condena contempla entre tres y seis años.
El sicariato como incorporación de figura delictiva, sugerida por el fiscal Pesántez, no está contemplado en el proyecto, pero insiste en que “es asesinato y será reprimido con reclusión mayor especial de 16 a 25 años de reclusión”. A las circunstancias contempladas en el artículo 450 del Código Penal se agrega el hecho de que pudiera ser cometido con odio, o desprecio en razón de la relación de pareja, raza, religión, origen nacional, étnico, orientación o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad de la víctima.
La otra agravante añadida contempla la circunstancia de cuando se hubiese cometido en contra de miembros de las Fuerzas Armadas o la Policía, fiscales o jueces de garantías penales, defensores públicos, peritos o testigos en el desempeño de sus funciones. La condena será de entre 25 y 28 años en el caso de que sea por precio o promesa remuneratoria o con la utilización de niños o adolescentes.
Para el incesto se propone la punición de 12 a 16 años de reclusión. En los casos de usura, la condena se agrava a reclusión menor de tres a seis años y la restitución de todo lo pagado a la víctima de manera ilegal.
Lo que inquietó al Consejo de la Judicatura (CJ) es la disposición transitoria que propone “dejar sin efecto todos los nombramientos de jueces suplentes, temporales y conjueces emitidos” por el organismo dentro del período de transición. Las vacantes que resultaren serán llenadas temporalmente mediante sorteo público que se realizará dentro de los siguientes 90 días entre los profesionales de derecho con las 20 calificaciones más altas y procedentes de las universidades de más de 20 años de vigencia en el país.
Para el presidente del CJ, Benjamín Cevallos, “posiblemente una decisión de esa naturaleza puede generar el caos en la Función Judicial si se dejan sin efecto los cargos provisionales”. Por eso, el documento será discutido en el pleno del Consejo y, de ser necesario, los vocales pedirán ser recibidos en la Comisión de Justicia de la Asamblea.
En la sesión del martes, la Judicatura escogió a casi 250 funcionarios provisionales, entre jueces adjuntos, secretarios y ayudantes judiciales, para las áreas de Trabajo, Niñez y Tránsito. El objetivo es la resolución de las causas represadas, señaló Cevallos.
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